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LSB-USO será indemnizada por el Hotel lndautxu
25 de junio de 2008
Condenan al Hotel Indautxu (Cadena SILKEN) a indemnizar con 20.000 euros a LSB-USO por haber atentado contra la libertad sindical de la organización durante la sustanciación del proceso de elecciones sindicales iniciado el pasado 28 de noviembre de 2.007.

El Juzgado de lo Social nº1 de Bilbao en Autos 294/08 sobre Tutela de Derechos Fundamentales, ha dictado una sentencia (234/08)  en virtud de la cual declara que la actuación empresarial del Hotel Indautxu de despedir a dos candidatos de LSB-USO durante las elecciones sindicales, es una conducta “gravemente atentatoria a la libertad sindical” de este sindicato y; estima necesario indemnizar el daño moral, “por el agravio a la imagen del sindicato entre el colectivo de sus trabajadores” así como con la finalidad de evitar en el futuro actuaciones semejantes.

Estima la sentencia que la conducta de la empresa es un claro acto de injerencia que  no tuvo otro objeto que el de obstaculizar que el sindicato LSB-USO pudiera tener representación en los órganos de representación unitaria de los trabajadores, limitando sus posibilidades de participación en el proceso electoral.

Además señala que los actos empresariales influyeron “negativamente en la confianza que el resto de trabajadores pudieran tener en este sindicato, dado que la imagen que al tiempo se vertía en su contra era que: la “consecuencia” de estar afiliado o ser partícipe con LSB-USO de los conflictos planteados era la del despido de quien osara a discutir la política empresarial.”

La sentencia recoge expresamente en este sentido que: “la actuación empresarial no tenía otro motivo que impedir, entre otras cosa, que el sindicato pudiese competir en igualdad de condiciones con el resto, al tiempo que mandaba “la advertencia” a sus empleados de las consecuencias que pudieran devenirse en su contra de apoyar al sindicato LSB-USO, entre las que podían encontrarse el despido “fulminante”.

 
 
sábado 22 de noviembre del 2008

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